Crónicas bananeras
HELGUERA
El Estado de Impunilandia
Jornada
Ciudad Perdida
Vicisitudes en un Estado laico La Iglesia por sobre el Registro Civil Fe bautismal mata acta de nacimiento Se los cuento como me lo dijo, y demostró, don Carlos Martínez, habitante de la colonia Condesa, quien sufrió –explica él mismo– ese deceso con el coraje y la amargura de quien no encuentra cómo explicarse un cambio que desdice algo en lo que siempre había creído: el Estado laico. Y es que don Carlos, de 67 años de edad, quiere salir del país para encontrarse con unos amigos en Barcelona, España, y fue a pedir se le expidiera el pasaporte. Así, en la oficina de la Secretaría de Relaciones Exteriores de la delegación Cuauhtémoc se le dijo que el documento no se le podía dar porque su acta de nacimiento, el documento oficial con el que el Estado mexicano certifica que nació en este país, había caducado. ¿Cómo? Sí, el acta de nacimiento tiene fecha de caducidad, aunque usted no lo crea. La oficina de pasaportes dice que el documento oficial es “extemporáneo” cuando: “la persona es registrada seis meses después del nacimiento”, es decir, todo aquel registro efectuado, ya sea en México o en el extranjero, seis meses de que haya ocurrido (sic) el nacimiento, se considera extemporáneo”. Y “cuando el acta de nacimiento rebase la extemporaneidad señalada en los incisos anteriores será necesario que el solicitante, además del acta de nacimiento certificada por el Registro Civil, presente al menos uno de los siguientes documentos expedidos en la República Mexicana”. Es ahí, en esos requerimientos, que la puerca tuerce el rabo, decía otro amigo –del cual no daré el nombre–, porque uno de esos documentos exigidos por la SRE es la “partida parroquial de bautismo del interesado asentada dentro del año de su nacimiento, y cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por notario público”. El asunto llama la atención porque ahora resulta que mientras un documento oficial, expedido por una instancia de gobierno, expira, según nos dice la SRE, mientras otro, el de la Iglesia católica, no tiene fecha de caducidad, por decirlo de algún modo. Es decir, para el gobierno actual –cuando menos es ahora que nos enteramos–, el acta de nacimiento que expide el Registro Civil no tiene el mismo valor que el de la Iglesia, lo que a todas luces no debería existir en un gobierno que por sus leyes es laico, y en apariencia, cuando menos en apariencia, es democrático. Leer mas |
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